
Asociación Brasileña de Filosofía y Psicoanálisis
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LEGALIDAD DEL CURSO DE PSICOANÁLISIS
Y LA PRÁCTICA DE LA PROFESIÓN DEL PSICOANALISTA
Si te interesa convertirte en psicoanalista, es importante que conozcas la legalidad del ejercicio de esta actividad. Aunque no se considera una profesión regulada legalmente, la ocupación de psicoanalista está reconocida por el Ministerio de Trabajo y Empleo mediante la Ordenanza N° 397/2002, que establece la Clasificación Brasileña de Ocupaciones y determina un código específico para identificar y clasificar las diversas actividades laborales en todas las áreas, incluida la de psicoanalista/analista bajo el código 2515-50.
Por lo tanto, es posible ejercer legalmente esta actividad en Brasil, siempre que el profesional cuente con la formación adecuada en la materia. Para quienes deseen dedicarse a esta profesión, un curso de Psicoanálisis es una excelente opción formativa, ya que ofrece conocimientos teóricos y prácticos fundamentales para el ejercicio del psicoanálisis.
Actualmente, muchas personas recurren al psicoanálisis para comprenderse mejor a sí mismas y a los demás, así como para abordar problemas emocionales y psicológicos. Por lo tanto, si te identificas con este campo y deseas profundizar tus conocimientos, considera realizar un curso de psicoanálisis para adquirir las habilidades necesarias y convertirte en un profesional cualificado en esta importante área.
El psicoanálisis es una práctica que ha sido objeto de debate en cuanto a su regulación como profesión, debido a su naturaleza singular y compleja. A lo largo de los años, se han presentado varios proyectos de ley con el objetivo de regular la práctica psicoanalítica en Brasil, buscando garantizar la debida cualificación de los profesionales y la seguridad de los pacientes.
Entre estos proyectos, destacan ejemplos como el Proyecto de Ley 57/1975, del que es autor Francisco Amaral; el Proyecto de Ley 2510/1979, del que es autor Simão Sessim; el Proyecto de Ley 3944/2000, del que es autor Eber Silva; el Proyecto de Ley 2347/2003, también del que es autor Simão Sessim; y el más reciente, el Proyecto de Ley 101/2018, presentado por Telmário Mota.
Ninguna de estas iniciativas fue aprobada.
También quisiéramos aclarar que los Consejos Psicoanalíticos no están reconocidos por las autoridades públicas como organismos reguladores del ejercicio del psicoanálisis. Si bien existen varias entidades que se autodenominan Consejos Psicoanalíticos en el país, carecen de potestad regulatoria sobre la actividad de los psicoanalistas.
Para obtener más información, consulte el artículo:
https://www.abrafp.org/conselhos-psicanalise-clinica-nao-reconhecidos-poder-publico